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Responsabilidade Social
Medidas preventivas implementadas por ITAIPU en relación a la circulación del COVID-19
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12/03/2020

En el marco de la declaración de la Organización Mundial de la Salud (OMS) de estado de pandemia con respecto al Coronavirus Covid-19, de la Resolución del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social de la República del Paraguay N° 90/2020, y de las políticas de protección de la salud de los trabajadores de la ITAIPU Binacional, margen derecha; con el objeto de posibilitar la menor exposición posible de empleados, aprendices, consultores, empleados de contratistas y otros que realizan labores en la empresa, y de la población en general, reduciendo con ello la posibilidad de contagio y diseminación de la enfermedad, han sido adoptadas, inicialmente, las siguientes medidas:

1.     Está prohibido el acceso a las oficinas de la ITAIPU de las sedes Asunción, Ciudad del Este y Central Hidroeléctrica de familiares o terceras personas que tengan por objeto visitar a empleados, deliveries, proveedores y otros, cuya presencia no sea absolutamente necesaria en las oficinas de la Entidad.

2.     Únicamente el Superintendente de cada área podrá autorizar, por medio del sistema informático respectivo, el eventual y limitado acceso de terceros o proveedores cuya presencia sea altamente necesaria en las oficinas, lo cual deberá seguir protocolo autorizado por la División de Medicina del Trabajo de la empresa.

3.     La Barrera de Acceso a la Central Hidroeléctrica ITAIPU de Hernandarias lindante con el Área 6 de esta ciudad queda clausurada para el acceso o salida tanto de personas como de vehículos, a los efectos de un mejor control de la disposición mencionada en el punto “1”.

 

4.     Quedan suspendidas todas las actividades de capacitación de carácter presencial, tanto las internas, las externas dentro del país y externas previstas para el extranjero.

5.     Los desplazamientos del personal a sede distinta al de su lugar de trabajo, que implique viajes, deben ser únicamente realizados en aquellos casos de estricta e impostergable necesidad. En tal caso, tales viajes tendrán que ser realizados en vehículos proveídos por la empresa o en vehículos particulares, a fin de evitar contacto con eventuales transmisores del virus.

6.     Queda suspendida la posibilidad de autorización de viajes a Asunción o Ciudad del Este por medio aéreo del personal con rango autorizado para dicha modalidad de transporte, a los efectos de evitar contacto cercano con eventuales transmisores del virus.

7.     Inhabilitación del Lector de Huella Dactilar del mecanismo de los registros de asistencia al trabajo. Tales registros son realizados exclusivamente mediante el dispositivo electrónico de Lector de Proximidad incorporado a la Tarjeta de Identificación de cada empleado o aprendiz. Esta medida ha sido debidamente comunicada al personal por medio del RH Informa N° 741.

 

8.     Suspensión de visitas turísticas a la Central Hidroeléctrica ITAIPU así como a los demás atractivos del Complejo Turístico. Esta medida ha sido comunicada a la población por diversos medios de la ITAIPU y la prensa.

9.     Se ha establecido el otorgamiento, sin mayores trámites, de licencias especiales para Empleados y Aprendices que presenten síntomas de infección respiratoria aguda y sospecha de ser portador del virus Covid-19, así como para quienes presenten síntomas de mayor intensidad, sin impacto en sus remuneraciones; mecanismos facilitados para comunicación de tales situaciones al área de Medicina del Trabajo; así como el acompañamiento de dicha área. Esta medida ha sido debidamente comunicada al personal por medio del RH Informa N° 742.

10.Suspensión de la realización del Examen Médico Periódico de los empleados. A fin de evitar contacto de los empleados con eventuales transmisores del virus en los centros médicos, fueron postergados estos exámenes. Esta medida ha sido debidamente comunicada al personal por medio del RH Informa N° 743.

11.Emisión constante de recomendaciones a todo el personal sobre medidas preventivas básicas referentes a la enfermedad. Estas medidas han sido debidamente comunicadas al personal por medio del RH Informa N° 743; así como por el Diario ITAIPU Electrónico - DIE, correo electrónico corporativo, folletos, capacitaciones, etc.

12.Suspensión de atención de empleados de la División de Beneficios en el Hospital de la Fundación Tesãi, a efectos administrativos o de controles, facilitándose los mecanismos de envío, recepción y procesamiento de las documentaciones o autorizaciones pertinentes. Esta medida ha sido debidamente comunicada al personal por medio del RH Informa N° 744.

Asimismo, se señala que los directores de cada área podrán implementar medidas adicionales pertinentes o flexibilizar las medidas adoptadas, debidamente justificadas, en virtud a las necesidades empresariales. En principio, todas estas medidas extraordinarias implementadas serán aplicadas por el lapso de 15 días.

La ITAIPU Binacional está comprometida con la salud de sus empleados y de todos los paraguayos, razón por la cual desde el primer momento ha asumido medidas preventivas de contagio del Covid-19, así como también ha priorizado todas las acciones que apuntan al fortalecimiento del sistema de salud nacional.