Motor del desarrollo nacional con rostro humano

Medio Ambiente
Se recupera parte del Refugio Mbarakayú
Tamaño de la letra
20/02/2015

La Dirección Jurídica de Itaipu, a través de su Departamento de Patrimonio Inmobiliario, logró recuperar unas 6,7 hectáreas pertenecientes al Refugio Biológico Binacional Mbaracayú, creado por Resolución del Directorio Ejecutivo RDE Nº 051/84, en el año 1984.

En el año 2007, el Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT) otorgó un título de propiedad y transfirió, a Roberto Sinforiano Quevedo Wyder, una fracción de aproximadamente 6,7 hectáreas, pertenecientes a la Entidad ITAIPU Binacional, ubicada en la Ciudad de Salto del Guairá (Departamento de Canindeyú).

La transacción se habría materializado el 11 de marzo de 2008, con el título definitivo Nº 211.679, expedido ilegalmente por el INDERT.

El INDERT vendió el inmueble por el monto de Gs. 4.290.826. (Guaraníes cuatro millones doscientos noventa mil ochocientos veinte y seis). El valor real y comercial supera ampliamente este valor, en millones de dólares americanos.

El 1 de agosto de 2008, la Itaipu Binacional, a través del abogado Raúl Torres Ferreira, promovió las siguientes acciones: 1) Nulidad de título contra el Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT) y contra Roberto Sinforiano Quevedo Wyder y su esposa, Carmen Catalina Pereira de Quevedo y 2) demanda de Reivindicación de Inmueble Roberto Sinforiano Quevedo Wyder y su esposa, Carmen Catalina Pereira de Quevedo

A lo largo de 6 años y 6 meses, que duró la tramitación de las acciones judiciales, la Itaipu Binacional obtuvo sentencias judiciales favorables a sus intereses patrimoniales en todas las instancias. Se logró la recuperación efectiva del inmueble por la vía judicial y actualmente vuelve a formar parte del Refugio Biológico Binacional Mbaracayú.

En primera instancia, el Juzgado en lo Civil y Comercial del Segundo Turno dictó la Sentencia SD. N°60 en fecha 20 de febrero de 2012.

En segunda instancia, el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Primera Sala, dictó el Acuerdo y Sentencia N° 12, en fecha 21 de marzo de 2014, que confirmó la sentencia de primera instancia.

Posteriormente, el demandado Roberto Quevedo, en fecha 10 de abril de 2014, interpuso Acción de Inconstitucionalidad contra las sentencia recaídas en el juicio.

Por Acuerdo y Sentencia N° 71 de fecha 17/02/15 los Excmos. Señores Ministros de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, resolvieron: NO HACER LUGAR a la Acción de Inconstitucionalidad promovida.- COSTAS a la parte vencida.

El principal logro obtenido ha sido la anulación del título de propiedad otorgado por el INDERT y la reivindicación del inmueble.

Los demandados fueron condenados a que, dentro del plazo de diez días de quedar firme y ejecutoriada la sentencia, restituyan a la Binacional la superficie ocupada, ubicada dentro de la Poligonal Envolvente, bajo apercibimiento de decretarse su desahucio, por medio de la fuerza pública.