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Institucional
MANIFIESTO A LA OPINIÓN PÚBLICA
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11/06/2011

Ante las últimas publicaciones sobre un proceso licitatorio para la recolección, tratamiento y disposición final de residuos patológicos convocadas por la Fundación Tesãi, la misma manifiesta a la opinión pública lo siguiente:

La Fundación Tesãi, entidad que se constituye en un ente de Derecho Privado constituida según, Escritura Pública Nº 33 de fecha 18 de abril de 1.997, Folio 78, Protocolo Civil “A”, pasada ante el Escribano Público Jorge Doldán Pérez, siendo su Personería Jurídica Aprobada y Reconocida por Decreto del Poder Ejecutivo de la Nación con Nº 17.246 del 16 de Mayo de 1.997, y sus modificaciones.

Dentro de ese contexto y enmarcada en una de las finalidades y objetivos de la misma, cual es la provisión de servicios médicos a la población más carenciada de la comunidad, se encuentra abocada a proveer mejores servicios ya sean en materia de recursos humanos, insumos y servicios, esto gracias al aporte de entidades que confían en la gestión de recursos por ella proveídos.

Fue así como a los efectos de acompañar el crecimiento institucional en materia de infraestructura edilicia que tren a aparejada a ella la necesidad de contar con servicios más calificados para la recolección de basuras patológicas, ha convocado a un concurso de precios denominado “SERVICIO DE RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, DESTRUCCIÓN, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS HOSPITALARIOS, PATOGÉNICO, MEDICAMENTOS VENCIDOS E INSUMOS MÉDICOS EN DESUSO”, por la cual se ha convocado a empresas interesadas en proveer los servicios mencionados precedentemente, conforme exigencias de normas jurídicas nacionales, gubernamentales y municipales, y a las propias necesidades institucionales proyectadas a futuro, habiendo en dicha oportunidad declarado desierta la licitación por considerar que ninguna de las comparecientes cumplía con las especificaciones técnicas exigidas.

El presente comunicado, tiene como finalidad dar a conocer a la opinión pública en general, que siendo la Fundación Tesãi una entidad de derecho privado, con personería jurídica y debidamente reconocida por el Poder Ejecutivo de la República, no tiene más limitaciones gerenciales y administrativas de las establecidas en sus Estatutos Sociales, ejecutadas por medio de sus órganos de control y administración, entre ellas su Consejo Directivo, como sus gerencias, tanto Ejecutiva, Financiera, Administrativa, Técnica, y la Sindicatura.-

Dentro de ese contexto, manifestamos que el contenido en las publicaciones periodísticas, contenidas en las páginas 5 de fechas 9 y 10 de junio de 2011 respectivamente, son a todas luces falsas, pues siendo un órgano auto determinado en base a los objetivos establecidos en la Ley y en sus Estatutos podría o puede en cualquier momento optar administrativamente por modificar o extinguir el vínculo contractual con entidades, empresas o personas que le prestan servicios, no siendo una condicionante para la misma factores políticos como se menciona en la publicación que afectan de forma directa a una de las Gerencias de la entidad, además no siendo una Entidad Pública y por tanto no afectada a obligaciones de proporcionar informaciones a terceros sobre las decisiones administrativas adoptadas, rechaza que la falta de provisión de informaciones se constituya como una causal de “negociado” como se menciona, sino mas bien se debe al resguardo de las informaciones de carácter personal que por ley se encuentra imposibilitado a proporcionar.-

Esperamos que el presente comunicado, otorgue la posibilidad a la opinión pública de crear su propio concepto sobre la verdad de los hechos y no en base a conjeturas interesadas en el tema en cuestión, más aún siendo el Hospital del Área 2 y el Hospital Los Ángeles centros asistenciales de referencia en materia de infraestructura y calidad se servicios en esta ciudad y en todo el departamento, del cual toda la comunidad puede certificarse pues esta a ojos de todos la cantidad y la cualidad de servicios prestados a la población más carenciada de la comunidad.